Por
el presente contrato, RENT SERVICES S.L., alquila el vehículo que se menciona
en el dorso de esta página al arrendatario, que se obliga con su firma a
cumplir las condiciones que se estipulan.
El
arrendatario recibe el vehículo en perfecto estado de funcionamiento y se
reconoce obligado a
devolverlo en el mismo estado y
condición EN EL LUGAR Y FECHA QUE SE ESPECIFICA EN EL PRESENTE CONTRATO.
Al
efectuar el contrato de alquiler el arrendatario hará efectivo el pago del
valor total estimado del
contrato mas 600,-euros en
concepto de depósito.
El
arrendatario, se obliga a no transportar en el vehículo alquilado mercancías
inflamables o de otra
índole que estuvieran en
contravención de disposiciones aduaneras policiales, de trafico u otras,
igualmente se
obliga a no utilizar ni permitir su
uso como instrumento para la realización de robos, delitos y todo clase de
acciones
que vayan en cualquier manera en
contra de algún tipo de infracción que la ley penalice corriendo a su
cargo toda la responsabilidad tanto
civil como penal que pudiera ocasionar el incumplimiento de estas obligaciones.
El
vehículo, no podrá ser su alquilado o prestado a segundas personas (salvo que
hayan sido expresamente
autorizadas por RENT SERVICES S.L.)
así mismo no podrá utilizarse para tracción o remolque de otros vehículos
ni participar en carrera, pruebas o
competiciones.
RENT SERVICES S.L., se reserva el
derecho de obtener la devolución del vehículo en cualquier momento, durante
la vigencia del presente contrato, si
su utilización contraviniera lo dispuesto del mismo.
En
caso de perdida o robo del vehículo o daños al mismo durante el periodo de
alquiler, el arrendatario
deberá abonar a RENT SERVICES S.L.,
el importe de todos los gastos o perdida sufrida por tal motivo.
El
arrendatario quedara exento de las responsabilidades derivadas de perdida o
robo del vehículo,
mediante el pago adicional de la
cuota del seguro, según el grupo al que pertenezcan.
RENT
SERVICES S.L. facilitara la cobertura por el seguro a los usuarios del vehículo
( y solo para ellos)
de conformidad con la correspondiente
póliza automovilística, cuyos términos, condiciones y excepciones quedan
incorporados al presente contrato
mediante esta referencia, como si fuesen aquí reproducidos en detalle.
VIAJES
FUERA DE ESPAÑA, deberá el contratante informar a RENT SERVICES S.L. de su salida de España al efecto de que les
sea entregado el original de la carta verde y efectuar un deposito de 600 ,-
euros, para responder de los posibles
gastos de repatriación de vehículo.
ACCIDENTES-
todo accidente, deberá ser notificado inmediatamente a la policía y a RENT
SERVICES S.L. dentro de las 24 horas siguientes, el arrendatario deberá
cumplimentar el formulario sobre accidentes y siempre que
sea posible deberá obtener detalles
de testigos y otros vehículos implicados en el accidente. Asimismo no admitirá
responsabilidades ni culpabilidad y no abandonara el vehículo sin tomar las
adecuadas medidas para protergerlo y salvaguardarlo.
Del
incumplimiento de estos requisitos, será directamente responsable el
arrendatario de los desperfectos causados al vehículo, aunque sea culpa del
contrario.
En caso de que el vehículo debiera
por cualquier causa quedar inmovilizado o por ordenarlo así la autoridad
competente, serán a cargo del contratante los gastos de estancia y pago a RENT
SERVICES S.L. del alquiler correspondiente mientras dure dicha inmovilización.
Asimismo serán a cargo del arrendatario la
repatriación hasta el lugar habitual de garaje de RENT SERVICES S.L. del
coche accidentado.
Si como consecuencia de un siniestro
del cual resultara responsable el arrendatario y el vehículo
quedara destrozado hasta el punto de
ser imposible su reparación, el arrendatario se vera obligado a pagar a
RENT SERVICES S.L. el precio o valor
que tuviera antes del siniestro atendiéndose para ello al numero de matricula,
antigüedad y kilometraje.
Las
fechas señaladas para la duración del contrato, son inalterables, sin acuerdo
previo entre las dos partes
por tal motivo cualquier variación en
las mismas quedará sujeta a la posibilidad que el arrendador puede exigir
indemnización al arrendatario si tal
alteración le causara algún perjuicio.
Pagos,-
El arrendatario pagará o reembolsara puntualmente a RENT SERVICES S.L., la suma
de los conceptos siguientes:
A,-
El precio del tiempo y kilometraje y el seguro de R.C.calculado según tarifa
reflejada en la pagina
frontal de este contrato o según
tarifa en vigor,asi como las prorroga,
B,-
Las cantidades correspondientes,lipieza de tapicerias,quemaduras de tapicerias
,combustible
utilizado , multas de trafico y
aparcamiento, pinchazos,llantas,neumaticos, sanciones e impuestos, así com o,
rueda de recambio,triangulos,chalecos,bombillas de recambio,herramientas
del vehiculo,ceniceros,radio-casette,documentacion
del vehiculo,asi como todos los gastos derivados por la perdida o
extravío de llaves,duplicados,gruas y
reparacion de cerraduras,clausor de puertas y portones..
C,-
El arrendatario autoriza a Rent Services S.L.,a cobrar de su tarjeta de
credito, cargos con retraso cualquiera de los cargos mencionados en este contrato que no habian
sido descubiertos despues de la
devolucion del vehiculo,y abandono de
la agencia o punto de deposito.
INDEMNIZACION,
RENT SERVICES S.L. no será responsable de los daños o perjuicios sufridos por
el
arrendatario o terceros, con motivo
del uso y funcionamiento del vehículo, ni la perdida de bienes (o daños a
bienes)
del arrendatario, dejados en el interior
del vehículo.
FRANQUICIA.
A cargo del cliente existe una franquicia de 600,- euros en los grupos A, B, C,
D, E, F, G, H, I
así como de una franquicia de 900,-
euros en los grupos j, k, l.
JURISDICCION.
Toda diferencia que surja entre el
arrendatario y RENT SERVICES S.L., se someterá a la
jurisdicción exclusiva de los
tribunales y juzgados de la BISBAL D’EMPORDA (GERONA).